Denuncias policiales.

¿Quién puede registrar una queja?

Cualquier ciudadano puede presentar una queja de los empleados. Se puede pedir a los ciudadanos que comparezcan en persona; sin embargo, incluso las quejas anónimas recibirán una investigación adecuada.

Las quejas presentadas contra el departamento o uno de sus empleados se tratarán con cortesía y profesionalidad. Las personas que deseen presentar una queja contra un empleado del departamento pueden llamar al 911 o ponerse en contacto con cualquier miembro del departamento. Se le dirigirá al supervisor de la unidad organizativa a la que esté asignado ese empleado. Si el supervisor no está disponible, o si usted no desea divulgar el nombre del miembro, se le remitirá al comandante del turno de patrulla de guardia.

Algunas quejas pueden resolverse satisfactoriamente mediante una llamada telefónica o durante una visita con el supervisor o el jefe de turno. El supervisor o el jefe de turno que reciba la queja hará una evaluación de su gravedad y determinará:

  • Si la reclamación puede ser tratada satisfactoriamente a ese nivel

  • Si se debe presentar una reclamación por escrito

Tipos de reclamaciones

Por lo general, las quejas se dividen en tres categorías:

  • Informal

  • Formal

  • Asuntos internos

 
 

Presentar una reclamación

Descargue el formulario de reclamación.

Tratamiento de las reclamaciones

Una queja se considera informal cuando es recibida y resuelta satisfactoriamente por el supervisor.

Una queja formal es más compleja y detallada. El denunciante recibirá normalmente una disposición por escrito.

Por último, una denuncia remitida a la función de asuntos internos garantiza la integridad de la agencia. Los criterios para determinar las categorías de quejas remitidas a asuntos internos incluyen alegaciones de mala conducta como:

  • Corrupción

  • Uso excesivo de la fuerza que ha sido revisado por los administradores y que se ha considerado que puede tener fundamento

  • Violación de los derechos civiles

  • Conducta delictiva

  • Cualquier otra conducta inapropiada que determine el Jefe de Policía

Asuntos Internos
Las denuncias de asuntos internos se investigan a fondo y los funcionarios que participan en la función de asuntos internos mantienen una estrecha relación con la fiscalía en las investigaciones que implican acusaciones penales. Normalmente se prepara un informe escrito. Puede incluir declaraciones grabadas del denunciante, los testigos y el acusado.

El informe de investigación completado incluye un resumen narrativo de los acontecimientos y una constatación de los hechos. El informe no reflejará ninguna opinión personal, sino una descripción imparcial de las circunstancias tal y como ocurrieron realmente.

Esto permite al departamento tomar una resolución adecuada, basada en los resultados de la investigación presentados. El impacto de un caso de asuntos internos en la integridad del departamento y en la moral de sus miembros requiere una resolución rápida pero completa de estas cuestiones.

Normalmente habrá un plazo de 30 días para completar una investigación de asuntos internos, con informes de situación al Jefe de Policía cada 7 días. El Jefe de Policía podrá conceder prórrogas en aquellos casos en los que existan circunstancias atenuantes.

Disposiciones

Las descripciones de las quejas se clasifican de la siguiente manera:

  • Infundado
    La investigación indica que el acto o actos denunciados no se produjeron.

  • Exonerado
    La investigación indica que el acto o actos denunciados ocurrieron. Sin embargo, las acciones del acusado fueron legales y correctas.

  • No se admite
    La investigación no reveló pruebas suficientes para demostrar o refutar claramente la(s) acusación(es).

  • Se admite
    La investigación reveló pruebas suficientes para demostrar claramente la(s) acusación(es) formulada(s) en la denuncia.

Además de los tipos de disposiciones anteriores, una investigación puede determinar una política "nula", en cuyo caso se aplica una nueva política cuando se justifica.

Los tipos de medidas disciplinarias, en orden ascendente, que pueden recomendarse para una queja sostenida, son:

  • Asesoramiento a los empleados

  • Amonestación por escrito

  • Recomendación sobre la pérdida de permisos

  • Recomendación de suspensión

  • Recomendación de descenso de categoría

  • Recomendación de cese

Los empleados que no estén en período de prueba tienen derecho a apelar una suspensión, degradación o despido del departamento. Las quejas anónimas pueden hacerse llamando al supervisor del empleado, o si no se conoce o no está disponible, al comandante de turno al 513-868-5811, ext. 2004.